Exp. Nº :
Esp. Dr. :
Esc. Nº 01.
DEMANDA EXCLUSIÓN DE NOMBRE
SEÑOR JUEZ
ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CIUDAD DE TRUJILLO
JOSÉ MICHEL GUERRERO GONZALES, con DNI Nº
18226297, con dirección real en Jirón
Santos Chocano N° 135 – Buenos Aires Sur, Provincia de Trujillo y Departamento de La Libertad, con domicilio
procesal en Avenida España N° 2124, 3er piso, Consultorio
Gratuito de la Universidad Nacional de Trujillo y con Casilla Electrónica N° 53888; a
Ud. digo:
I.
NOMBRE Y
DIRECCIÓN DOMICILIARIA DE LA DEMANDADA.-
SANCHEZ SAENZ MARIA YAZMIN a quien se
deberá notificar en su domicilio ubicado en Calle Antenor Orrego N° 264 del Balneario de Buenos Aires Sur,
Provincia de Trujillo y Departamento de
La Libertad
II.
PETITORIO.-
Que, en ejercicio
de la tutela jurisdiccional efectiva acudo a la vía judicial para interponer demanda de
usurpación de nombre, solicitando a su despacho se sirva excluir el nombre de
mi persona del acta de nacimiento designado con el N° 78470017, el que aparezco
como padre de ANDREA VICTORIA GUERRERO SANCHEZ por usurpación indirecta de mi
nombre por parte de la invocada; en tal sentido, cese la afectación del derecho
al nombre, demanda que se interpone en atención a los siguientes fundamentos de
hecho y de derecho que paso a exponer:
III.
FUNDAMENTACIÓN
FACTICA.-
PRIMERO: Que, mediante resolución
número uno, del Expediente N° 3457-2015, tramitado ante el Noveno Juzgado de
Paz Letrado de Trujillo, fui notificado con la demanda de filiación y alimentos
incoada en mi contra por parte de la
demandada, donde tome conocimiento
que tenía una supuesta hija. Por lo que presente mi escrito de oposición
solicitando se realice la prueba de ADN, para así poder descartar mi
paternidad.
SEGUNDO: El caso es que,
los resultados de la prueba de ADN, realizado por el Laboratorio Biolinks, Salió
Negativa, es decir, NO SOY EL PADRE DE
LA menor ANDREA VICTORIA GUERRERO SANCHEZ, resultados que adjunto a la
presente.
TERCERO: Por lo que, con
resolución número once, del expediente 3457-2015, Tramitado por el Noveno
Juzgado de Paz Letrado, se declaró FUNDADA MI OPOSICIÓN y asimismo, se declaró
INFUNDADA LA PRETENSIÓN ACCESORIA DE ALIMENTOS, debido a que no soy el padre de
la menor Andrea Victoria Guerrero Sánchez.
Para mayor credibilidad de lo que expongo, solicito se curse oficio al
NOVENO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TRUJILLO, para que remita la Resolución Número
once (Sentencia).
CUARTO: Que conforme se
puede verificar en el acta de nacimiento N° 78470017 se ha hecho mal uso del
nombre de mi persona para consignar en dicho documento la autoría de la
paternidad sin haber expresado el autor la expresión de voluntad de
reconocimiento en el acotado documento, por tanto, solicito se excluya mi
nombre de la partida de nacimiento de la menor.
IV.
FUNDAMENTACION
JURIDICA.-
-
ARTICULO 21° del código
civil en la que se especifica que la finalidad para consignar el nombre del
supuesto padre en la partida de nacimiento de un menor fruto de una relación
extramatrimonial se entiende que dicho apellido debe ser del padre que lo
engendro, esto es del padre biológico.
-
ARTICULO 28° del código
civil según el cual nadie puede usar el nombre ajeno entonces me asiste el
derecho a hacerlo cesar ante su judicatura, por ser ilegal e injusta.
V.
MONTO DEL
PETITORIO.-
Por la naturaleza del
presente proceso es inapreciable en dinero.
VI.
VÍA PROCEDIMENTAL.-
Según lo
establecido en la cuarta disposición complementaria y fina del Código Procesal
Civil el presente proceso se tramitara
en la vía abreviada.
VII.
MEDIOS PROBATORIOS.-
Ofrezco los
siguientes medios probatorios:
-
Documentales.-
a)
Partida de nacimiento del Andrea Victoria
Guerrero Sánchez, con lo que acredito la consignación de mi nombre como
presunto padre por la declaración y sola firma de la invocada.
b)
Informe Pericial, emitido por el Laboratorios
Biolinks – “Tecnología del ADN”, con lo que acredito que no soy el padre
biológico de la menor.
c)
Copia simple de la resolución número once
(Sentencia) del expediente N° 3457-2015, tramitado en el Noveno Juzgado de Paz
Letrado de Trujillo, con lo que pruebo que en el proceso de filiación iniciado
por la demandada se demostró que no soy el padre biológico de la menor Andrea Victoria
Guerrero Sánchez.
VIII. ANEXOS.-
1 – A. Copia
de DNI del recurrente.
1 – B.
Acta de
Nacimiento de la menor hija de la
emplazante.
1 – C. Informe
Pericial del Laboratorios Biolinks.
1 – D. Copia Simple de la Resolución N° once (Sentencia)
1 – E. Certificado de Habilidad del letrado.
1 – F. Tasa por ofrecimiento de Pruebas.
1 – G. Cédulas de Notificación.
PRIMER OTROSI
DIGO.- Solicito que su despacho en su oportunidad declare fundada mi demanda
y curse oficio a la RENIEC para la supresión de mi nombre del acta de
nacimiento de la menor.
POR LO TANTO.-
A usted, Señor Juez, solicito se sirva admitir la presente demanda,
tramitaría conforme a su naturaleza y en su oportunidad declararla FUNDADA.
Trujillo, 07 de noviembre del 2016
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JOSÉ MICHEL
GUERRERO GONZALES
DNI
Nº 18226297
la demanda de EXCLUSION DE NOMBRE, se presenta al juzgado civil o de familia???
ResponderBorrarSe presenta ante el juez especializado en lo civil.
ResponderBorrarY cuanto es el arancel judicial?
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