Exp.
Nº
Sec.
Esc.
Nº
DEMANDA EXONERACION DE PENSION ALIMENTICIA
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE
TRUJILLO
FERNANDO ALIPIO CRUZ SAUNA, Con DNI Nº 18882520, con dirección
domiciliaria en la Mz. 6 Lote 18 El Milagro Sector IV, del Distrito de la
Esperanza, señalando domicilio procesal en Jr. Zepita Nº 389, Oficina 304 de
esta ciudad; a Ud. Digo:
I. NOMBRE Y DIRECCION DE LA
DEMANDADA.
LEIDY JUDITH CARRANZA VARGAS, con dirección
domiciliaria en Calle Baca Flor S/Nº Mz. S lote 17, Primer Piso, Urb. Santo
Dominguito. Donde se notificara la presente demanda y sus anexos.
II. PETITORIO.
Demando a LEIDY
JUDITH CARRANZA VARGAS sobre
exoneración de pensión alimenticia por haber adquirido mayoría de edad, más de
18 años en la actualidad, que no sufre de discapacidad ni enfermedad
permanente, y no viene cursando ningún estudio superior, por el contrario viene
trabajando en forma permanente.
III. HECHOS EN QUE SE FUNDAMENTA LA
PRESENTE DEMANDA.
1. Doña ALIDA VARGAS FASABI madre de la demandada, me interpuso
demanda por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Trujillo, Exp. Nº 2934-2007,
Sec. Dra. María Esther Puelles Ayala, para que le acuda con una pensión
alimenticia, proceso que termino en sentencia tal como es de verse de la copia
del acta de audiencia de saneamiento, conciliación, pruebas y sentencia de
fecha 11 de Agosto del 2008, que se adjunta al presente.
2. Como consecuencia de este proceso el
Señor Juez de ese entonces y habiendo llegado ambas partes a un acuerdo
conciliatorio aprobó dicho acuerdo fijándose como pensión el porcentaje de mis
haberes como empleado del INPE en 23%, incluido bonificaciones,
gratificaciones, escolaridad, horas extras y demás beneficios, disponiendo que
los depósitos sean efectuadas por la entidad retenedora luego que se efectúe el
pago de la remuneración mensual al recurrente en la cuenta de ahorros de la
demandante que se aperturo oportunamente en el Banco de la Nación.
3. Es así como el Juzgado curso oficio
tanto al banco de la nación y mi empleadora para que se ejecute lo dispuesto
ordenando se remita la retención a la cuenta de la demandante. Situación que se
ha venido cumpliendo a cabalidad por el INPE hasta la fecha.
4. Siendo esto así se acredita que la
pensión que se me ha venido descontando en forma permanente y mensual en
planilla para la demandada es corroborada con la boleta de pago de haberes y
descuentos expedido por la Dirección Central del INPE, con lo que demuestro
estar al día en el pago en cumplimiento del mandato judicial. En consecuencia
estando cumpliendo a cabalidad con los descuentos del 23% ordenados no se adeuda pensión alguna a la
demandada por lo que debe
disponerse la exoneración y remitirse los oficios a mi empleadora para que cese
con los descuentos por las razones expuestas.
5. Debo precisar Señor Juez, que la
demandada nació el 30 de Noviembre del año 1996, a la actualidad tiene 18 años
y ha venido percibiendo en forma mensual la pensión alimenticia, y viene hasta
la fecha percibiendo pese haber obtenido la mayoría de edad y no sufre
discapacidad ni enfermedad permanente y mas aun no cursa estudios superiores,
por el contrario tiene trabajo estable.
6. El recurrente es miembro de seguridad
del INPE con carga de familia e hijos en edad escolar, no teniendo
posibilidades para adquirir otros ingresos dependiendo de mi única remuneración
mensual.
IV. FUNDAMENTACION JURIDICA.
Código civil.
Art. 483, norma que señala que procede la
exoneración de pensión alimenticia cuando el menor ha adquirido su mayoría de
edad y no sigue una profesión u oficio y que además tiene familia.
Código procesal civil.
Art. 424 y 425 normas que señalan los
requisitos y anexos de la demanda.
V. MEDIOS PROBATORIOS.
Documentales.
1. Partida de nacimiento de la demandada,
con el que demuestro que ha nacido el 30 de Noviembre del año 1996, en la
Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad y a la actualidad tiene 18
años.
2. Boleta de pago de haberes y descuentos
del recurrente con el acredito que se me viene descontando en forma permanente
la pensión señalada en el 23% mas bonificaciones y otros beneficios a favor de
la demandada.
3. Expediente por alimentos seguido ante
el Primer Juzgado de Paz Letrado, Sec. Dra. Puelles Ayala, teniendo como
demandante a doña Alida Vargas Fasabi, madre de la demandada para lo cual se
oficiara con el objeto de que se remita el expediente o copia de la misma
ACREDITANDO LA PREEXISTENCIA DE ESTE EXPEDIENTE con copia del Acta de Audiencia
de Saneamiento, Conciliación. Pruebas y Sentencia de fecha 11 de Agosto del año
2008 que se adjunta.
VI. VIA PROCEDIMENTAL.
La presente acción se tramitara mediante
proceso único.
VII. MONTO DEL PETITORIO.
Por la pretensión no se puede determinar.
VIII. ANEXOS.
1 – A Copia de DNI
1 – B Partida de
nacimiento de la demandada
1 – C Acta de
Audiencia de Saneamiento, Conciliación. Pruebas y Sentencia de fecha 11
de Agosto del año 2008 que se adjunta.
1 – D Boleta de pago de
haberes y descuentos del recurrente.
1 – E Tasa
judicial por ofrecimiento de pruebas.
1 – F Cedulas de
notificación
1 – G Copia
de certificado de habilitación profesional.
Trujillo, Diciembre del 2014.
EXCELENTE
ResponderBorrarquiero solicitar exoneración por alimentos porque la alimentista a la fecha es bachiller enfermera .lo puedo solicitar?a que número me puedo comunicar
ResponderBorrarEN QUE JUZGADO LLEVASTE EL PROCESO
Borrarexcelente
ResponderBorrarNO SE TRAMITABA POR EL PROCESO SUMARISIMO?
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