Secretario:
(…)
Expediente:
(…)
Cuaderno: Principio de
Oportunidad.
Escrito:
Nro. 01.
Sumilla:
Solicita aplicación del Principio de Oportunidad intra proceso penal
SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE
INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE (…):
(…), en la investigación que se le sigue
por la presunta comisión del delito de Apropiación Ilícita, en agravio del
Estado; a Ud., con el debido respeto, digo:
I. PETITORIO
Que, recurro a su
digno Despacho con la finalidad de SOLICITAR LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE
OPORTUNIDAD INTRA PROCESO PENAL, a efectos de que, previa evaluación de los
presupuestos legales correspondientes, se disponga mediante resolución judicial
dar por concluido el presente proceso, en atención a los fundamentos de hecho y
de derecho que paso a exponer.
II. FUNDAMENTOS DE HECHO
PRIMERO. - Que,
conforme se desprende de los actuados, el recurrente fue denunciado penalmente
por no haber puesto a disposición un total de (…) unidades de (…), motivo por
el cual se inició la presente investigación penal.
SEGUNDO. - Que, debe
tenerse en cuenta que la totalidad de los bienes materia de investigación han
sido restituidos a la parte agraviada, habiéndose reparado de manera efectiva
el daño ocasionado, lo cual resulta relevante para la evaluación de la presente
solicitud.
TERCERO. - En ese
sentido, resulta pertinente que su Despacho valore la aplicación del Principio
de Oportunidad, toda vez que se han cumplido los presupuestos materiales
exigidos por la normativa procesal penal vigente, no existiendo a la fecha
necesidad ni merecimiento de pena.
III. SOBRE LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO
DE OPORTUNIDAD
El artículo 2°,
inciso 7, del Código Procesal Penal establece que el Principio de Oportunidad
puede ser aplicado incluso cuando la investigación penal ya ha sido promovida
ante el órgano jurisdiccional.
Asimismo, el último
párrafo del citado artículo regula la figura del acuerdo reparatorio, el cual
puede constar en documento público o instrumento privado con firmas legalizadas
notarialmente, circunstancia que en el presente caso se ha materializado mediante
la restitución del bien a la parte agraviada.
Debe precisarse que,
conforme a los criterios de oportunidad intra proceso penal, cuando el
Ministerio Público ya ha ejercido la acción penal, corresponde al Juez decidir
el archivo o sobreseimiento por oportunidad, mediante Auto debidamente motivado,
pudiendo aplicar los criterios de falta de necesidad de pena o falta de
merecimiento de pena.
Si bien la solicitud
puede provenir del Ministerio Público o de la parte agraviada, corresponde al
órgano jurisdiccional, una vez instaurado el proceso, verificar que la
aplicación del Principio de Oportunidad se encuentre arreglada a derecho, en
resguardo del debido proceso y los fines de la persecución penal.
IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Sustento la presente
solicitud en lo dispuesto por:
Artículo 2°, inciso
7, del Código Procesal Penal, que regula la aplicación del Principio de
Oportunidad y el acuerdo reparatorio.
POR TANTO:
A Ud., Señor Juez,
solicito se sirva ADMITIR la presente solicitud, evaluarla conforme a ley y, en
su oportunidad, DECLARAR FUNDADA la aplicación del Principio de Oportunidad
intra proceso penal, disponiendo el archivo o conclusión del presente proceso.
(…),
(…) de (…) de (…)
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