domingo, 26 de abril de 2020

MEDIDA CAUTELAR DE INNOVAR DENTRO DE PROCESO PARA REPOSICIÓN DE UN SERVIDOR PÚBLICO


EXPEDIENTE : 04531-2011
ESPECIALISTA          : (…)
ESCRITO                     : 01-2012
CUADERNO               : Cautelar
SUMILLA                    : Medida cautelar de innovar

SEÑOR JUEZ DEL QUINTO JUZGADO DE TRABAJO DE AREQUIPA

(NOMBRE DEL DEMANDANTE), con DNI 29675484, con dirección domiciliaria en (indicar el domicilio real), señalando domicilio procesal en (indicar dirección); a Ud., respetuosamente, digo:

I.- ÓRGANO DE AUXILIO JUDICIAL Y AFECTADO CON LA MEDIDA.
La GERENCIA REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, debidamente representado por su Gerente (…), a quien se le notificará en la Av. Guardia Civil 702, distrito de Paucarpata.

II.- PRETENSIÓN CAUTELAR
Solicito se dicte medida cautelar de innovar para que se restituya de manera provisional mi condición de trabajador de la Gerencia regional de transportes y comunicaciones del Gobierno regional de Arequipa con percepción de mi remuneración.

III.- FORMA DE LA MEDIDA CAUTELAR
La forma de la presente medida cautelar es la de innovar dentro de proceso.

IV.- MONTO DE LA MEDIDA CAUTELAR.
Debido a que mi pedido no es cuantificable, no es pertinente.

V.- CONTRACAUTELA.
Ofrezco contracautela de carácter personal de caución juratoria para lo cual legalizo mi firma.

VI.- BIEN SOBRE EL QUE RECAE LA MEDIDA CAUTELAR.
El puesto de trabajo que se me asigne para prestar funciones.

VII.- FUNDAMENTOS DE LA MEDIDA CAUTELAR.
A.- VEROSIMILITUD DEL DERECHO.
1.- El demandante se encontraba trabajando en el cargo de asistente de Tesorería (hoy Finanzas) de la gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno regional de Arequipa.
2.- Es del caso que por MEMORANDUM 0132-2011-GRA/GRTC-OA-UP de 30 de junio de 2011 se me indica la finalización de mi contrato, situación que desconoce mi derecho a estar bajo los alcances del artículo 1 de la Ley 24041 que indica que si trabajo como contratado en un cargo de naturaleza permanente tengo derecho a no ser despedido salvo previo proceso disciplinario.
3.- Dentro de este contexto:
a. El demandante ingreso a prestar servicios como practicante desde el 06 de julio de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2009, prácticas que las realicé en la Unidad de tesorería.
b. A partir de mayo de 2010 se contrató como CAS (Contrato administrativo de servicios) en el cargo de Asistente de Tesorería.
c. Desde el inicio de labores como Asistente de Tesorería hasta la fecha me he desempeñado de manera continua en un cargo de naturaleza permanente.
d. Es del caso que de manera ininterrumpida he venido prestando servicios para la demandada por más de un año; sin embargo, y a fin de ostentar una estabilidad laboral sin recurrir al poder judicial, participé en un CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA CONTRATO POR REEMPLAZO POR CESE, situación que no implica la renuncia al derecho obtenido conforme a la Ley 24041.
e.- En dicho concurso, he sido favorecido declarándoseme ganador de la PLAZA de ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I NIVEL SPD, plaza a la que le corresponde y vengo desempeñando el mismo cargo de ASISTENTE DE TESORERÍA
f.- Sin embargo, sin ponerme en conocimiento para el ejercicio de mi defensa, se ha emitido la RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL 105-2011-GRA/PR-GGR la que resuelve declarar la nulidad de oficio del concurso de méritos en el que participé.
g.- Lo anterior ha generado que ha generado mi desempleo inmediato a través de la emisión del MEMORANDUM 0132-2011-GRA/GRTC-OA-UP, lo cual me ha dejado repentinamente sin empleo y sin remuneración.

B.- PELIGRO EN LA DEMORA.
1. Como lo he indicado, mi repentina situación de desempleo pese a tener un derecho ganado me ha traído la imposibilidad de percibir una remuneración que proteja a mi persona y a mi familia.
2. En efecto, lo que me obliga a la presentación de esta medida cautelar es mi familia, en efecto, soy casado con la Sra. (…) y tengo tres hijos menores de edad (…) adjunto las partidas de nacimiento de mis hijos en donde también se podrá verificar que los mismos han sido procreados con mi esposa.
3.- En el entendido que la remuneración tiene el carácter de alimenticia, existe peligro en la demora por cuanto con mi remuneración podía solventar el bienestar de mi esposa y de mis tres hijos, esto motiva la presente medida cautelar y la existencia de peligro en la demora.

VIII.- MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS
1-A Copia de los anexos de demanda, demanda; anexos subsanación demanda, subsanación de demanda y auto que admite a trámite la demanda; esta documentación es la requerida por el Código Procesal para presentar la medida cautelar, a su vez, sirve para acreditar la verosimilitud del derecho que me asiste dado la documentación presentada como anexo de mi demanda.
1-B Copia fedateada del MEMORANDUM 0132-2012-GRA/GRTC-OA-UP de 30 de junio de 2011 que indica la finalización de mi contrato, situación que desconoce mi derecho a estar bajo los alcances del artículo 1 de la Ley 24041, en mérito a este documento ya no percibo remuneración alguna situación que perjudica la subsistencia de mi familia.
1-C Copia de mi DNI, Copia del DNI de mi esposa, Copia de los DNI de mis tres hijos.
1-D Copia certificada de las partidas de nacimiento de mis hijos, con estos documentos a crédito la necesidad de tener un empleo y percibir una remuneración.

POR LO EXPUESTO:
A UD. pido conceder la presente medida cautelar.
Arequipa, 19 de junio de 2016.


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