Exp. N° :
Esc. N° 01
INTERPONGO QUEJA
SEÑOR
JEFE DE LA OFICINA DISTRITAL DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
I.-
DATOS DE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA
JUAN
CARLOS DEL CARPIO ARTIGAS, con DNI (…), Teléfono/celular (…), correo
electrónico para notificaciones en (…), con domicilio real en (…), con
domicilio procesal en (…); a Ud., respetuosamente, digo:
II.-
DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA
Sr.
JUAN ROMAN RIQUELME PALACIOS, que ocupa el cargo de Auxiliar
jurisdiccional del Tercer Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia
de Arequipa.
III.-
EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Solicito
se admita la presente queja disponiéndose la realización de una investigación
preliminar a fin de establecer la existencia de la irregularidad denuncia
por parte del funcionario quejado.
IV.-
DETERMINACIÓN CLARA Y PRECISA DE LA IRREGULARIDAD FUNCIONAL Y LA FECHA DE
COMISIÓN DEL ACTO IMPUGNADO
La
irregularidad funcional esta en demorar injustificadamente la elevación de mi
expediente a una Sala Laboral, situación de omisión que se ha iniciado el
(indicar la fecha).
V.-
DATOS DEL PROCESO
La
presenta queja se refiere al proceso que se tramita en el Expediente Nro.
2013-1233, materia Laboral – cobro de beneficios sociales, tramitado por ante
el Tercer Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Juez
(indicar el nombre), Secretario Judicial (indicar el nombre).
VI.-
ESTADO PROCESAL DEL EXPEDIENTE
El
estado del Expediente Nro. 2013-1233 es el de haberse concedido recurso de
apelación, el cual se encuentra pendiente de remitirse en elevación a una Sala
Laboral.
VII.-
FUNDAMENTOS DE HECHO QUE MOTIVAN LA QUEJA
1.-
El suscrito es trabajador que viene tramitando el cobro de sus beneficios
sociales a través del Expediente Nro. 2013-1233.
2.-
Es del caso, que en primera instancia se ha emitido sentencia favorable a mi
persona, la cual ha sido apelada por la parte demandada.
3.-
Frente a la apelación el juzgado concedió recurso de apelación el pasado 20 de
enero de 2013, resolución que fue notificada a mi domicilio procesal el 27 de
enero de 2013.
4.-
Es del caso que pese a los constantes pedidos verbales de elevación hasta la
fecha no se eleva mi expediente produciéndose una demora innecesaria en mi
proceso.
VIII.-
FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA
La
demora en la elevación de mi expediente constituye una dilación innecesaria en
mi caso que contraviene el segundo párrafo del Artículo 373 del Código
Procesal Civil que indica “Concedida apelación, se elevará el
expediente dentro de un plazo no mayor de veinte días, contado desde la
concesión del recurso, salvo disposición distinta de este Código. Esta
actividad es de responsabilidad del Auxiliar jurisdiccional.”, razón por la
cual procede se declare fundada la presente queja.
IX.-
MEDIOS PROBATORIOS
1.-
La declaración del funcionario quejado a fin de acreditar que si existe una
demora injustificada en la elevación de mi expediente
2.-
Copia de la notificación de la resolución que concede recurso de apelación a
fin de verificar desde cuando empezó a computarse el plazo de 20 días para
elevar el expediente.
X.-
ANEXOS
1-A
Copia de mi Documento Nacional de Identidad
1-B
Copia de la notificación de la resolución que concede recurso de apelación.
POR
LO EXPUESTO:
A
UD. pido dar a la presente queja el trámite que le corresponda.
Arequipa,
25 de septiembre de 2013.
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