domingo, 26 de abril de 2020

ESCRITO DE QUEJA ANTE LA ODECMA


Exp. N° :
Esc. N° 01
INTERPONGO QUEJA

SEÑOR JEFE DE LA OFICINA DISTRITAL DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA

I.- DATOS DE LA PERSONA QUE FORMULA LA QUEJA
JUAN CARLOS DEL CARPIO ARTIGAS, con DNI (…), Teléfono/celular (…), correo electrónico para notificaciones en (…), con domicilio real en (…), con domicilio procesal en (…); a Ud., respetuosamente, digo:

II.- DATOS DE LA PERSONA CONTRA LA QUE SE FORMULA LA QUEJA
Sr. JUAN ROMAN RIQUELME PALACIOS, que ocupa el cargo de Auxiliar jurisdiccional del Tercer Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

III.- EXPRESIÓN CONCRETA DE LO PEDIDO
Solicito se admita la presente queja disponiéndose la realización de una investigación preliminar a fin de establecer la existencia de la irregularidad denuncia por parte del funcionario quejado.

IV.- DETERMINACIÓN CLARA Y PRECISA DE LA IRREGULARIDAD FUNCIONAL Y LA FECHA DE COMISIÓN DEL ACTO IMPUGNADO
La irregularidad funcional esta en demorar injustificadamente la elevación de mi expediente a una Sala Laboral, situación de omisión que se ha iniciado el (indicar la fecha).

V.- DATOS DEL PROCESO
La presenta queja se refiere al proceso que se tramita en el Expediente Nro. 2013-1233, materia Laboral – cobro de beneficios sociales, tramitado por ante el Tercer Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Juez (indicar el nombre), Secretario Judicial (indicar el nombre).

VI.- ESTADO PROCESAL DEL EXPEDIENTE
El estado del Expediente Nro. 2013-1233 es el de haberse concedido recurso de apelación, el cual se encuentra pendiente de remitirse en elevación a una Sala Laboral. 

VII.- FUNDAMENTOS DE HECHO QUE MOTIVAN LA QUEJA
1.- El suscrito es trabajador que viene tramitando el cobro de sus beneficios sociales a través del Expediente Nro. 2013-1233.
2.- Es del caso, que en primera instancia se ha emitido sentencia favorable a mi persona, la cual ha sido apelada por la parte demandada.
3.- Frente a la apelación el juzgado concedió recurso de apelación el pasado 20 de enero de 2013, resolución que fue notificada a mi domicilio procesal el 27 de enero de 2013.
4.- Es del caso que pese a los constantes pedidos verbales de elevación hasta la fecha no se eleva mi expediente produciéndose una demora innecesaria en mi proceso.

VIII.- FUNDAMENTOS EN LOS QUE SE BASA LA QUEJA
La demora en la elevación de mi expediente constituye una dilación innecesaria en mi caso que contraviene el segundo párrafo del Artículo 373 del Código Procesal Civil que indica “Concedida apelación, se elevará el expediente dentro de un plazo no mayor de veinte días, contado desde la concesión del recurso, salvo disposición distinta de este Código. Esta actividad es de responsabilidad del Auxiliar jurisdiccional.”, razón por la cual procede se declare fundada la presente queja.

IX.- MEDIOS PROBATORIOS
1.- La declaración del funcionario quejado a fin de acreditar que si existe una demora injustificada en la elevación de mi expediente
2.- Copia de la notificación de la resolución que concede recurso de apelación a fin de verificar desde cuando empezó a computarse el plazo de 20 días para elevar el expediente.

X.- ANEXOS
1-A Copia de mi Documento Nacional de Identidad
1-B Copia de la notificación de la resolución que concede recurso de apelación.

POR LO EXPUESTO:
A UD. pido dar a la presente queja el trámite que le corresponda.
Arequipa, 25 de septiembre de 2013.


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