domingo, 26 de abril de 2020

DENUNCIA PENAL POR ABUSO DE AUTORIDAD EN LA MODALIDAD DE OMISIÓN DE FUNCIONES



DENUNCIA PENAL POR ABUSO DE AUTORIDAD EN LA MODALIDAD DE OMISIÓN DE FUNCIONES

SEÑOR FISCAL PENAL DE TURNO

CRISTIANO RONALDO DOS SANTOS AVEIRO, con DNI 7777777, con domicilio en la calle El Carmen 411, distrito de Miraflores; y GEORGINA RODRIGUEZ CAMPOS, con DNI 71717171, con dirección domiciliaria en Alto de la Luna, Cuarta Etapa, Manzana A-2, Lote 12, distrito de José Luis Bustamante y Rivero, en su calidad de representantes de los trabajadores de salud de periferia; a UD., respetuosamente, decimos:

I.- DEL DENUNCIADO Y LA DIRECCIÓN PARA NOTIFICAR

JUAN DE DIOS PANTOJA en su calidad de Gerente Regional de Salud del Gobierno Regional de La Libertad, a quien se le deberá de notificar en Av. De la Salud s/n, Cercado de Arequipa.


II.- DEL DELITO DENUNCIADO

El presunto delito que se denuncia es el de Omisión de funciones previsto en el Artículo 377 del Código Penal en los siguientes términos “El funcionario público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa.”


III.- NARRACIÓN DE LOS HECHOS MATERIA DE DENUNCIA

1.- Con fecha 10-04-2014 presentamos Solicitud de “Otorgue Información por escrito y documental” por ante el Gerente Regional de Salud denunciado

2.- Con fecha 15-04-2014 se nos da información parcial a través del OFICIO 139-2014-GRA/GRS/GR-OEPD

3.- Con fecha 20-04-2014 reiteramos nuestro pedido por escrito, indicando que se sirva completar la información solicitada, siendo que hasta la fecha no se nos otorga la información solicitada.

IV.- NORMAS DE DERECHO ADMINISTRATIVO QUE SUSTENTA LA DENUNCIA

1.- El Art. 4 del Decreto Supremo 043-2003-PCM por el que “Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” refiriéndose a esta misma ley establece lo siguiente: “Todas las entidades de la Administración Pública quedan obligadas a cumplir lo estipulado en la presente norma. Los funcionarios o servidores públicos que incumplieran con las disposiciones a que se refiere esta Ley serán sancionados por la comisión de una falta grave, pudiendo ser incluso denunciados penalmente por la comisión de delito de Abuso de Autoridad a que hace referencia el artículo 377 del Código Penal.

2.- El Artículo 244 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General establece que “El Ministerio Público, a efectos de decidir el ejercicio de la acción penal en los casos referidos a delitos de omisión o retardo de función, deberá determinar la presencia de las siguientes situaciones: a) Si el plazo previsto por ley para que el funcionario actúe o se pronuncie de manera expresa no ha sido excedido. b) Si el administrado ha consentido de manera expresa en lo resuelto por el funcionario público.”

3.- Artículo 11 del Decreto Supremo 043-2003-PCM “Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” que indica “El acceso a la información pública se sujeta al siguiente procedimiento: (…) b) La entidad de la Administración Pública a la cual se haya presentado la solicitud de información deberá otorgarla en un plazo no mayor de siete (7) días útiles (…)”

V.- MEDIOS PROBATORIOS

1.- Copia de la Solicitud de “Otorgue Información por escrito y documental” por ante el Gerente Regional de Salud denunciado con la finalidad de acreditar que existe un pedido de acceso a la información pública

2.- Copia del OFICIO 139-2014-GRA/GRS/GR-OEPD con la finalidad de acreditar la entrega parcial de información

3.- Copia de nuestro escrito de reitero entrega de información con la finalidad de acreditar que a la fecha no es resuelto excediendo el plazo legal de 7 días previsto en el art. 11 del D. S. 043-2003-PCM

VI.- ANEXOS

1-A Copia de nuestros documentos nacionales de identidad

1-B Credenciales de dirigentes sindicales

1-C Copia de la Solicitud de “Otorgue Información por escrito y documental” de 10-04-2014

1-D Copia del OFICIO 139-2014-GRA/GRS/GR-OEPD

1-E Copia de nuestro escrito de reitero entrega de información



POR LO EXPUESTO:

A UD. Pido acceder a la formalización de la presente denuncia.

La Libertad, 11 de julio de 2014.















































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