DENUNCIA PENAL POR
ABUSO DE AUTORIDAD EN LA MODALIDAD DE OMISIÓN DE FUNCIONES
SEÑOR FISCAL PENAL
DE TURNO
CRISTIANO RONALDO
DOS SANTOS AVEIRO, con DNI 7777777, con domicilio en la calle El Carmen 411, distrito de
Miraflores; y GEORGINA RODRIGUEZ CAMPOS,
con DNI 71717171, con dirección domiciliaria
en Alto de la Luna, Cuarta Etapa, Manzana A-2, Lote 12, distrito de José Luis
Bustamante y Rivero, en su calidad de representantes de los trabajadores de
salud de periferia; a UD., respetuosamente, decimos:
I.- DEL DENUNCIADO Y
LA DIRECCIÓN PARA NOTIFICAR
JUAN DE DIOS PANTOJA
en su calidad de Gerente Regional de Salud del Gobierno Regional de La Libertad, a
quien se le deberá de notificar en Av. De la Salud s/n, Cercado de Arequipa.
II.- DEL DELITO
DENUNCIADO
El presunto delito que se denuncia es el de Omisión de funciones
previsto en el Artículo 377 del Código Penal en los siguientes términos “El funcionario público que, ilegalmente, omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, será reprimido con pena
privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa.”
III.- NARRACIÓN DE
LOS HECHOS MATERIA DE DENUNCIA
1.- Con fecha 10-04-2014 presentamos Solicitud de “Otorgue Información
por escrito y documental” por ante el Gerente Regional de Salud denunciado
2.- Con fecha 15-04-2014 se nos da información parcial a través del
OFICIO 139-2014-GRA/GRS/GR-OEPD
3.- Con fecha 20-04-2014 reiteramos nuestro pedido por escrito,
indicando que se sirva completar la información solicitada, siendo que hasta la
fecha no se nos otorga la información solicitada.
IV.- NORMAS DE
DERECHO ADMINISTRATIVO QUE SUSTENTA LA DENUNCIA
1.- El Art. 4 del Decreto Supremo 043-2003-PCM por el que “Aprueban Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública” refiriéndose a esta misma ley
establece lo siguiente: “Todas las entidades de la Administración Pública
quedan obligadas a cumplir lo estipulado en la presente norma. Los funcionarios
o servidores públicos que incumplieran con las disposiciones a que se refiere
esta Ley serán sancionados por la comisión de una falta grave, pudiendo ser incluso denunciados penalmente por la
comisión de delito de Abuso de Autoridad a que hace referencia el artículo 377
del Código Penal.
2.- El Artículo 244 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento
Administrativo General establece que “El
Ministerio Público, a efectos de decidir el ejercicio de la acción penal en los
casos referidos a delitos de omisión o retardo de función, deberá determinar la
presencia de las siguientes situaciones: a) Si el plazo previsto por ley para
que el funcionario actúe o se pronuncie de manera expresa no ha sido excedido.
b) Si el administrado ha consentido de manera expresa en lo resuelto por el
funcionario público.”
3.- Artículo 11 del Decreto Supremo 043-2003-PCM “Aprueban Texto Único
Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública” que indica “El acceso a la información pública se sujeta al
siguiente procedimiento: (…) b) La entidad de la Administración Pública a la
cual se haya presentado la solicitud de información deberá otorgarla
en un plazo no mayor de siete (7) días útiles (…)”
V.- MEDIOS
PROBATORIOS
1.- Copia de la Solicitud de “Otorgue Información por escrito y
documental” por ante el Gerente Regional de Salud denunciado con la finalidad
de acreditar que existe un pedido de acceso a la información pública
2.- Copia del OFICIO 139-2014-GRA/GRS/GR-OEPD con la finalidad de
acreditar la entrega parcial de información
3.- Copia de nuestro escrito de reitero entrega de información con la
finalidad de acreditar que a la fecha no es resuelto excediendo el plazo legal
de 7 días previsto en el art. 11 del D. S. 043-2003-PCM
VI.- ANEXOS
1-A Copia de nuestros documentos nacionales de identidad
1-B Credenciales de dirigentes sindicales
1-C Copia de la Solicitud de “Otorgue Información por escrito y
documental” de 10-04-2014
1-D Copia del OFICIO 139-2014-GRA/GRS/GR-OEPD
1-E Copia de nuestro escrito de reitero entrega de información
POR LO EXPUESTO:
A UD. Pido acceder a la formalización de la presente denuncia.
La Libertad, 11 de julio de 2014.
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