sábado, 20 de junio de 2020

INTERPONGO SOLICITUD DE MUERTE PRESUNTA

EXP. N°
ESP. ABG. NO SÉ
ESC. N° 01
INTERPONGO SOLICITUD DE MUERTE PRESUNTA

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE TRUJILLO 

JUANA DE ARCO CASTILLO, identificada con D.N.I. N° 7777777, con domicilio real en el Jirón José Gálvez S/N, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo y Región La Libertad, y señalando domicilio procesal en la Calle Los Loritos N° 123 de esta ciudad; a usted digo:

I.                   PETITORIO: 

Solicito se sirva declarar la muerte presunta de mi esposo don Cristiano Ronaldo Dos Santos Aveiro, quien pereciera en el accidente aéreo ocurrido el 10 de mayo del 2008; en consecuencia, se declare fundada esta demanda de declaración de muerte presunta, por existir la certeza del fallecimiento de mi cónyuge pues viajaba como pasajero en el BOEING Nº 750 de Aero Continente con destino de Arequipa a Lima y que se precipitara a tierra. 

II.                FUNDAMENTOS DE HECHO: 

PRIMERO: Que, el 10 de mayo del 2008, mi recordado esposo, en el Aeropuerto de esta Ciudad, abordó el avión Boeing N° 750 de Aero Conti­nente que salía a las 12 horas con destino a Lima. Así, lo demuestra la copia de la lista de pasajeros que acompaño como recaudo. 
SEGUNDO: Que, a pocos segundos de haber despegado, el citado avión se precipitó a tierra, causando una gran explosión. 
TERCERO: Que, el Informe Oficial de la Oficina de Relaciones Públicas de Aero Continente, daba cuenta que en el fatídico avión habían abor­dado 260 pasajeros. 
CUARTO:  Que, después de ocurrido el accidente, el Boletín de Aero Continen­te informaba que no quedaba ningún sobreviviente habiéndo­se rescatado solamente 200 cadáveres, la gran mayoría irreconocibles, dando cuenta de 60 desaparecidos desintegrados a causa de la explosión. 
QUINTO: Que, el cadáver de mi llorado esposo, no ha sido encontrado, hecho que comprueba su fallecimiento. Por lo demás, no hemos tenido el consuelo de haberlo enterrado por no contar con sus despojos. 
SEXTO: Que, los representantes legales de Aero Continente en reconoci­miento de su responsabilidad extracontractual han ofrecido indemnizarme con una suma de dinero, pero nos exigen como requisito la Declaración Judicial de Muerte Presunta cuya resolución debe inscribirse en el Registro de Defunciones. 

III.             FUNDAMENTOS DE DERECHO: 

Respaldo esta petición en los Artículos 63° inciso 3), 64° y 65° del Código Civil y los Artículos 424°,425°,751°,790°,791 ° Y 793° del Código Procesal Civil. 

IV.             VIA PROCEDIMENTAL: 

Le corresponde el trámite del Proceso No Contencioso


V.                 MEDIOS PROBATORIOS QUE OFREZCO: 

Documentos:
a)  Lista de pasajeros del avión Boeing N° 750 de Aero Continente, que partió del Aeropuerto de Arequipa con destino a la Ciudad de Lima el 10 de mayo del 2008 a horas 12. 
b)     15 recortes periodísticos de los distintos diarios del Sur del Perú y de los principales de la Capital de la República, que dan cuenta del luctuoso accidente aéreo, publicando la relación de los fallecidos y desaparecidos. 
c)      Boletines emitidos por la Oficina de Relaciones Públicas de Aero Continente. 
d)  Carta Notarial de fecha 20 de mayo del 2008, que me remitiera el representante legal de Aero Continente ofreciendo pagar una indemnización, por la lamentable pérdida de mi esposo. 


VI.             ANEXOS QUE ACOMPAÑO: 

1-A: Fotocopia de mi D.N.I. 
1-B: Arancel Judicial. 
1-C: Lista de pasajeros de Aero Continente. 
1-D: Boleto de viaje. 
1-E: 15 recortes periodísticos. 
1-F: Carta Notarial del 20 de mayo de 2008. 
1-G: Cédulas de notificación y copias de esta pretensión. 


POR TANTO: 
Sírvase Usted, señor Juez, admitir esta demanda y tramitada confor­me a su naturaleza. 

Trujillo, 20 de junio de 2019.

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