EXP. N°
ESP. ABG. NO SÉ
ESC. N° 01
INTERPONGO SOLICITUD DE MUERTE PRESUNTA
SEÑOR
JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE TRUJILLO
JUANA DE ARCO CASTILLO, identificada con D.N.I. N° 7777777, con domicilio
real en el Jirón José Gálvez S/N, distrito de Trujillo, provincia de Trujillo y
Región La Libertad, y señalando domicilio procesal en la Calle Los Loritos N°
123 de esta ciudad; a usted digo:
I.
PETITORIO:
Solicito
se sirva declarar la muerte presunta de mi esposo don Cristiano Ronaldo Dos
Santos Aveiro, quien pereciera en el accidente aéreo ocurrido el
10 de mayo del 2008; en consecuencia, se declare fundada esta demanda de
declaración de muerte presunta, por existir la certeza del fallecimiento de mi
cónyuge pues viajaba como pasajero en el BOEING Nº 750 de Aero Continente con destino de Arequipa a Lima y que se
precipitara a tierra.
II.
FUNDAMENTOS DE HECHO:
PRIMERO: Que, el 10 de mayo del 2008, mi recordado esposo, en
el Aeropuerto de esta Ciudad, abordó el avión Boeing N°
750 de Aero Continente que salía a las 12 horas con destino a Lima. Así, lo demuestra
la copia de la lista de pasajeros que acompaño como
recaudo.
SEGUNDO: Que, a pocos segundos de haber despegado, el citado
avión se precipitó a tierra, causando una gran explosión.
TERCERO: Que, el Informe Oficial de la Oficina de Relaciones
Públicas de Aero Continente, daba cuenta que en el fatídico avión habían
abordado 260 pasajeros.
CUARTO: Que, después
de ocurrido el accidente, el Boletín de Aero Continente informaba que no
quedaba ningún sobreviviente habiéndose rescatado solamente 200 cadáveres, la
gran mayoría irreconocibles, dando cuenta de 60 desaparecidos desintegrados a
causa de la explosión.
QUINTO: Que, el cadáver de mi llorado esposo, no ha sido
encontrado, hecho que comprueba su fallecimiento. Por lo demás, no hemos tenido
el consuelo de haberlo enterrado por no contar con sus despojos.
SEXTO: Que, los representantes legales de
Aero Continente en reconocimiento de su responsabilidad
extracontractual han ofrecido indemnizarme con una suma de dinero, pero nos
exigen como requisito la Declaración Judicial de Muerte Presunta cuya
resolución debe inscribirse en el Registro de
Defunciones.
III.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Respaldo
esta petición en los Artículos 63° inciso 3), 64° y 65°
del Código Civil y los Artículos 424°,425°,751°,790°,791 ° Y 793° del
Código Procesal Civil.
IV.
VIA PROCEDIMENTAL:
Le corresponde el trámite
del Proceso No Contencioso.
V.
MEDIOS
PROBATORIOS QUE OFREZCO:
Documentos:
a) Lista de pasajeros del avión Boeing N° 750 de
Aero Continente, que partió del Aeropuerto de Arequipa con
destino a la Ciudad de Lima el 10 de mayo del 2008 a horas 12.
b) 15 recortes periodísticos de los distintos diarios del
Sur del Perú y de los principales de la Capital de la República, que dan cuenta
del luctuoso accidente aéreo, publicando la relación de los fallecidos y
desaparecidos.
c) Boletines emitidos
por la Oficina de Relaciones Públicas de Aero Continente.
d) Carta Notarial de fecha 20 de mayo del 2008, que me
remitiera el representante legal de Aero Continente ofreciendo pagar
una indemnización, por la lamentable pérdida de mi esposo.
VI.
ANEXOS QUE ACOMPAÑO:
1-A: Fotocopia
de mi D.N.I.
1-B: Arancel
Judicial.
1-C: Lista
de pasajeros de Aero Continente.
1-D: Boleto de viaje.
1-E: 15
recortes periodísticos.
1-F: Carta
Notarial del 20 de mayo de 2008.
1-G: Cédulas
de notificación y copias de esta pretensión.
POR
TANTO:
Sírvase Usted, señor Juez, admitir esta demanda y
tramitada conforme a su naturaleza.
Trujillo, 20 de junio de
2019.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario