SOLICITO SUBSIDIO POR LUTO - SEPELIO
SEÑOR DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE
(…….)
(………….), con DNI N° (…………), servidor nombrado en la Unidad de Gestión Educativa Local de (….), con domicilio real y procesal en (……………….) y con correo electrónico
xxxxx@gmail.com, para efectos de
notificación virtual; a usted digo:
I.
PETITORIO:
De conformidad con la Ley N° 29444, Ley de Reforma
Magisterial y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004.2013-ED,
SOLICITO RECONOCIMIENTO Y PAGO DE SUBSUDIO POR LUTO - SEPELIO, por el
fallecimiento de mi madre, (………………), acaecida el 23.04.2021.
II.
FUNDAMENTACIÓN
FÁCTICA:
2.1.
Que,
con fecha (…………), falleció mi señora madre (…………….), en la ciudad de Trujillo
producto de la Covid-19.
2.2.
Que,
el artículo 62º de la Ley N° 29444, Ley de Reforma Magisterial, precisa: “El
profesor tiene derecho a subsidio por luto y sepelio al fallecer su cónyuge o
conviviente reconocido judicialmente, padres o hijos. Si fallece el profesor,
su cónyuge, hijos, padres o hermanos, en esa prelación y en forma excluyente,
tienen derecho al subsidio”.
2.3.
Que,
el artículo 135° del Reglamento de la Ley N° 29444, Ley de Reforma Magisterial,
aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, señala que: “El subsidio por
luto - sepelio consiste en un solo beneficio que se otorga, a petición de parte,
en los siguientes casos:
a)
Por
fallecimiento del profesor: Al cónyuge o conviviente reconocido judicialmente, hijos,
padres o hermanos, en forma excluyente y en dicho orden de prelación. En caso
de existir más de un deudo con el mismo rango de prelación y con derecho al subsidio,
éste es distribuido en partes iguales entre los beneficiarios.
b)
Por
fallecimiento del cónyuge o conviviente reconocido judicialmente, padres o hijos
del profesor: Previa presentación del acta de defunción y los documentos que
acrediten el parentesco.
Se reconoce
dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendarios posteriores a la presentación
de la solicitud, no siendo necesario presentar los gastos de sepelio.
Este beneficio
se otorga al profesor aun cuando éste se encuentre en uso de licencia o cumpliendo
sanción administrativa”.
2.4.
Que,
el artículo 1° del Decreto Supremo N° 309-2013-EF, publicado el 14 diciembre
2013, fija en S/. 3 000,00 (TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto único del
Subsidio por Luto y Sepelio para los docentes.
2.5.
Que,
de acuerdo a lo antes señalado, corresponde a mi persona el beneficio de
subsidio por luto – sepelio, por el fallecimiento de mi madre, beneficio que
asciende a la suma de S/. 3 000,00 (TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES).
III.
FUNDAMENTACIÓN
JURÍDICA:
·
Ley
N° 29444, Ley de Reforma Magisterial
·
Reglamento
de la Ley N° 29444, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N°
004-2013-ED.
·
Texto
Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
IV.
MEDIOS
PROBATORIOS:
- Documentales:
·
Acta
de defunción de (…………………), con lo que se acredita el fallecimiento de mi madre,
ocurrido el 23.04.2021 en la ciudad de Trujillo producto de la Covid-19.
·
Acta
de nacimiento de mi persona, a través de la cual se verifica que soy hijo de la
fallecida.
V.
ANEXOS:
5.1.
Copia
de DNI.
5.2.
Acta
de defunción.
5.3.
Acta
de nacimiento.
POR LO TANTO:
Solicito a usted, tramitar conforme a ley la presente solicitud y en su
oportunidad otorgarme los beneficios solicitados.
Trujillo, 09 de junio del 2020.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario