Exp. N° (…)
Esp. Abg. (…)
Esc. N° (…)
SOLICITO ACLARACION DE SENTENCIA
SEÑOR JUEZ DEL CUARTO
JUZGADO LABORAL DE TRUJILLO
(…………………..), Abogado de (………………..) con Casilla Judicial Nº (…) de la Corte de
Justicia de Trujillo y la Casilla Electrónica N° (…..) – SINOE del Poder
Judicial; a usted digo:
I.
PETITORIO:
Por convenir al derecho de mi patrocinado, estando a las
prerrogativas y de conformidad con el artículo 406º del Código Procesal Civil,
solicito la aclaración de la sentencia, contenida en el EXP N° (….).
II. ANTECEDENTES:
2.1. Que, en vista de
que se ha expedido la SENTENCIA
recaída en la Resolución Nº 07 de
fecha 23 de abril del 2019, mediante la cual su despacho RESUELVE que:
i)
DECLARAR FUNDADA EN PARTE LA DEMANDA
CONTRA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA SOBRE DESPIDO INCAUSADO, INVALIDEZ
DE LOS CONTRATOS CAS Y REINTEGRO DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS; y,
ii)
Consecuentemente ORDENA que la entidad demandada le reconozca a la demandante un contrato
laboral a plazo indeterminado bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 728,
durante el periodo demandado, es decir, desde el 01 de febrero del 2017 hasta
la actualidad (manteniéndose en tanto la prestación de servicios subordinados
vigentes).
III.
FUNDAMENTACIÓN:
3.1.
Por lo que, advirtiéndose que de la citada sentencia se ha omitido incluir pronunciamiento
expreso sobre la reposición laboral en la parte resolutiva de la sentencia pese
a que del petitorio de la demanda si se evidencia como pretensión principal
lo referido a la reposición laboral, SIN EMBARGO, los fundamentos se encuentran
en la parte decisoria, de
conformidad con el considerando 28 de la
Sentencia antes citada que indica “Por
lo tanto, no se puede terminar el vínculo
laboral de un trabajador afectando su derecho de defensa, (…) siendo de ello
así y estando a que en los fundamentos precedentes se ha llegado a la
conclusión que la entidad demandada ha procedido a despedir arbitrariamente a
la actora, al no haber acreditado la existencia de causa alguna que justifique
el despido, procede ordenar la
reincorporación de la accionante en el cargo que venía desempeñando en su
centro de trabajo”.
3.2.
En consecuencia, SOLICITO LA ACLARACION DE LA SENTENCIA de conformidad con el
artículo 406 del Código Procesal Civil
que indica: “El Juez no puede alterar
las resoluciones después de notificadas. Sin embargo, antes que la resolución
cause ejecutoria, de oficio o a pedido de parte, puede aclarar algún concepto
oscuro o dudoso expresado en la parte decisoria de la resolución o que influya
en ella. La aclaración no puede alterar el contenido sustancial de la decisión”.
POR TANTO: Solicito a Usted señor juez, sírvase proveer conforme a ley el
presente escrito por ser de Justicia.
Trujillo, 07 de junio
del 2021.
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