viernes, 16 de septiembre de 2022

MODELO DE DEMANDA DE EXTINCIÓN DE ALIMENTOS

 

Sec. Abg.    : (…)

Expediente   : (…)

Cuaderno    : PRINCIPAL.

Escrito : N° 01

INTERPONE DEMANDA DE EXTINCIÓN DE ALIMENTOS

 

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE (…)

 

(…), identificado(a) con D.N.I. N° (…), con dirección domiciliaria en (…), procesal electrónico en la casilla electrónica (…), atentamente, digo:

 

I.    PETITORIO

Que, interpongo demanda de   EXTINCIÓN   DE   LA PENSIÓN DE ALIMENTOS, del 20% de los descuentos que se efectúa sobre mis haberes mensuales, bonificaciones, gratificaciones y otros ingresos que percibo en mi condición de trabajador de la Municipalidad Distrital de La Esperanza, por la causa de FALLECIMIENTO DE LA ALIMENTISTA doña: (…) fallecida el 18 de noviembre del año 2012 a horas 11:15 AM. Y a cuya Sucesión dirijo la presente demanda, para lo cual, se le deberá notificar a través de EDICTOS en conformidad con el Artículo 165° del Código Procesal Civil, toda vez que, no conozco su domicilio y no lo logro individualizar.

 

II.   FUNDAMENTOS DE HECHO:

1.    Que, conforme se advierte de la Sentencia de fecha (…) recaída en el EXP. Nro. 00026-2000, expedido por el señor Juez del 1° Juzgado de Paz Letrado de La Esperanza, se ha ordenado que el recurrente acuda con una pensión alimenticia mensual y adelantada equivalente al 20% de mis haberes mensuales totales, incluyendo bonificaciones; gratificaciones y otros ingresos, a favor de la que en vida fue doña: (…).

2.   Que, en mérito al Acta de Defunción expedido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con código N° (…)  la persona de (…) fallecida el 18 de noviembre del año 2012 a horas 11:15 AM, en calle Bélgica 14 – Centro Poblado de Chiclín, en el Distrito de Chicama, Provincia de Ascope y Departamento de La Libertad.

3.   Que, la Norma Sustantiva Art. 436 del CC. establece taxativamente “Art. 486°: “La obligación de prestar alimentos se extingue por la muerte del obligado o del alimentista, (…)”.

4.   Que, conforme el acta de defunción se puede verificar que la alimentista falleció con fecha (…), por ende, solicitó se ordene a la Municipalidad Distrital de La Esperanza deje de realizarme el descuento.

 

III.   FUNDAMENTACION JURIDICA:

                  Amparo mi demanda en los establecido en:

 

Código Civil:

-          Art. 486.-    EXTINCIÓN       DE       LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA. - La obligación de prestar alimentos se extingue por la muerte del obligado o del alimentista, (...}" Art. 487 CARACTERES DEL DERECHO ALIMENTARIO: “El derecho de pedir alimentos es intransmisible, irrenunciable, intransigible e incompensable".

Código Procesal Civil:

-          Art. 24, Inc. 3.- Competencia Facultativa.

-          Art. 165.- Notificación por Edictos.

-          Art. 424.- Demanda y Emplazamiento.

-          Art. 425.- Anexos de la Demanda.

-          Art. 546 Inc. 1.- Procedencia.

-          Art. 571.- Aplicación Extensiva.

 

IV.  VÍA   PROCEDIMENTAL Y COMPETENCIA:

La presente acción se tramitará VIA PROCEO SUMARISIMO, siendo competente su despacho, en virtud de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 51° y Tercera Disposición Final de la Ley N° 28237.

 

V.   MEDIOS PROBATORIOS:

De conformidad con lo establecido por el Art. 192 del Código Procesal Civil, ofrezco los siguientes Medios Probatorios:

1)     Copia de Documento Nacional de Identidad, con la cual, acredito mi legitimidad para actuar.

2)    La copia certificada del ACTA DE DEFUNCIÓN de la que en vida fue doña; MARÍA CIRILIA VALENCIA ARANDA, expedido por el RENIEC, con la que se acredita la extinción de la obligación alimentaria.

3)    Planilla Única de Pago en la que consta la ASIGNACIÓN por concepto de Alimentos, expedida por Municipalidad Distrital de La Esperanza, con la que se acredita la retención aplicada mes a mes a mi patrocinado.

4)    Copia de la AUDIENCIA-CONCILIACIÓN del Expediente Nro. 00026-2007, seguida por doña: MARÍA CIRILIA VALENCIA ARANDA contra FELIPE SEVERINO BARRUETO VALENCIA, materia. - Cobro de Alimentos.

5)    Búsqueda Negativa de Sucesión Intestada, con la cual, acredito que la demandada no tiene sucesión intestada, en tal sentido, corresponde notificar a través de edictos.

 

VI.    ANEXOS:

Adjunto los siguientes anexos;

I-A.- Copia legible de mi documento de identidad.

I-B.- Copia Certificada del Acta de Defunción.

l-C.- Copia de la Planilla Única de Pago. 

I-D.- Copia de Audiencia-Conciliación de Alimentos.

I-E.- Búsqueda Negativa de Sucesión Intestada.

I-F.- Arancel Judicial por concepto de Ofrecimiento de Pruebas.

I-G.- (02) Cédulas de Notificación.

 

PRIMER OTROSI DIGO. - De conformidad con lo señalado en el artículo 80° del CPC, OTORGO las facultades generales de representación contenidas en el artículo 74° del CPC, al (…) con Registro CALL N° (…), el mismo que autoriza el presente escrito y se encuentra facultado de todos los privilegios de ley para actuar en forma personal y directa, en mi nombre y representación, ejerciendo mi defensa en el presente proceso, pudiendo presentar los escritos con las facultades previstas por ley de manera conjunta o separada; declarando estar correctamente instruida de los alcances de la presente delegación de facultades. Asimismo, para tal efecto, ratifico la dirección domiciliaria por la indicada en el exordio de la presente demanda.

 

SEGUNDO OTROSI DIGO. - Se tenga en cuenta, que no se adjunta certificado de habilitación profesional en función al literal f, artículo 5° del Decreto Legislativo N° 1246, en el cual se establece la prohibición a las instituciones de la administración pública, de exigir certificados o constancias de habilitación profesional o similares expedidos por los Colegios Profesionales, cuando dicha calidad pueda ser verificadas a través del respectivo portal institucional.

 

POR LO EXPUESTO:

A usted, señor Juez pido admitir la presente Demanda y tramitarla con arreglo a Ley, declarando EXTINGUIDA LA PENSIÓN DE ALIMENTOS en su oportunidad.

 

 

(…), (…) de (…) del (…).

 

 

 

2 comentarios:

  1. excelentes aportes, bastante practicos acorde a la realidad, los felicito y gracias por compartir conocimiento

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