Sec. Abg. : (…)
Expediente : (…)
Cuaderno : PRINCIPAL.
Escrito : N° 01
INTERPONE DEMANDA DE
EXTINCIÓN DE ALIMENTOS
SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE (…)
(…),
identificado(a) con D.N.I. N° (…), con dirección domiciliaria en
(…), procesal
electrónico en la casilla electrónica (…), atentamente, digo:
I.
PETITORIO
Que, interpongo demanda
de EXTINCIÓN DE
LA PENSIÓN DE ALIMENTOS, del 20% de los descuentos que se efectúa
sobre mis haberes mensuales, bonificaciones, gratificaciones y otros ingresos
que percibo en mi condición de trabajador de la Municipalidad Distrital de La
Esperanza, por la causa de FALLECIMIENTO DE LA ALIMENTISTA doña: (…) fallecida el 18 de
noviembre del año 2012 a horas 11:15 AM. Y a cuya Sucesión
dirijo la presente demanda, para lo cual, se le deberá notificar a través de
EDICTOS en conformidad con el Artículo 165° del Código Procesal Civil, toda vez
que, no conozco su domicilio y no lo logro individualizar.
II.
FUNDAMENTOS DE HECHO:
1. Que,
conforme se advierte de la Sentencia de fecha (…) recaída en el EXP. Nro.
00026-2000, expedido por el señor Juez del 1° Juzgado de Paz Letrado de La
Esperanza, se ha ordenado que el recurrente acuda con una pensión alimenticia
mensual y adelantada equivalente al 20% de mis haberes mensuales totales,
incluyendo bonificaciones; gratificaciones y otros ingresos, a favor de la que
en vida fue doña: (…).
2. Que,
en mérito al Acta de Defunción expedido por el Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, con código N° (…) la persona de (…) fallecida el 18 de noviembre
del año 2012 a horas 11:15 AM, en calle Bélgica 14 – Centro Poblado de Chiclín,
en el Distrito de Chicama, Provincia de Ascope y Departamento de La Libertad.
3.
Que, la Norma Sustantiva Art. 436 del CC. establece
taxativamente “Art. 486°: “La obligación de prestar alimentos se extingue
por la muerte del obligado o del alimentista, (…)”.
4.
Que, conforme el acta de defunción se puede verificar
que la alimentista falleció con fecha (…), por ende, solicitó se ordene a la
Municipalidad Distrital de La Esperanza deje de realizarme el descuento.
III. FUNDAMENTACION JURIDICA:
Amparo mi demanda en los
establecido en:
Código Civil:
-
Art. 486.- EXTINCIÓN DE
LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA. - La obligación de prestar
alimentos se extingue por la muerte del obligado o del alimentista, (...}" Art. 487 CARACTERES DEL DERECHO ALIMENTARIO: “El derecho de pedir
alimentos es intransmisible, irrenunciable, intransigible e
incompensable".
Código Procesal Civil:
-
Art. 24, Inc. 3.-
Competencia Facultativa.
-
Art. 165.- Notificación por
Edictos.
-
Art. 424.- Demanda y
Emplazamiento.
-
Art. 425.- Anexos de la
Demanda.
-
Art. 546 Inc. 1.-
Procedencia.
-
Art. 571.- Aplicación
Extensiva.
IV. VÍA PROCEDIMENTAL Y COMPETENCIA:
La presente acción se tramitará VIA PROCEO SUMARISIMO, siendo competente su despacho, en virtud
de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 51° y Tercera Disposición
Final de la Ley N° 28237.
V.
MEDIOS PROBATORIOS:
De conformidad con lo
establecido por el Art. 192 del Código Procesal Civil, ofrezco los siguientes
Medios Probatorios:
1) Copia de Documento Nacional de Identidad, con la
cual, acredito mi legitimidad para actuar.
2) La copia certificada del ACTA DE DEFUNCIÓN de la
que en vida fue doña; MARÍA CIRILIA VALENCIA ARANDA, expedido por el RENIEC, con la que se acredita la extinción de la
obligación alimentaria.
3) Planilla Única de Pago en la que consta la
ASIGNACIÓN por concepto de Alimentos, expedida por Municipalidad Distrital de
La Esperanza, con la que se acredita la retención aplicada mes a mes a mi patrocinado.
4) Copia de la AUDIENCIA-CONCILIACIÓN del Expediente
Nro. 00026-2007, seguida por doña: MARÍA CIRILIA VALENCIA ARANDA contra FELIPE SEVERINO BARRUETO
VALENCIA, materia. - Cobro de
Alimentos.
5) Búsqueda Negativa de Sucesión Intestada, con la
cual, acredito que la demandada no tiene sucesión intestada, en tal sentido,
corresponde notificar a través de edictos.
VI.
ANEXOS:
Adjunto los siguientes anexos;
I-A.- Copia legible de mi documento de identidad.
I-B.- Copia Certificada del Acta de Defunción.
l-C.- Copia de la Planilla Única de Pago.
I-D.- Copia de Audiencia-Conciliación de Alimentos.
I-E.- Búsqueda Negativa de Sucesión Intestada.
I-F.- Arancel Judicial por concepto de Ofrecimiento de Pruebas.
I-G.- (02) Cédulas de Notificación.
PRIMER OTROSI DIGO. - De conformidad con lo señalado en el artículo 80° del CPC, OTORGO
las facultades generales de representación contenidas en el artículo 74° del
CPC, al (…) con Registro CALL N° (…), el mismo que autoriza el presente escrito
y se encuentra facultado de todos los privilegios de ley para actuar en forma
personal y directa, en mi nombre y representación, ejerciendo mi defensa en el
presente proceso, pudiendo presentar los escritos con las facultades previstas
por ley de manera conjunta o separada; declarando estar correctamente instruida
de los alcances de la presente delegación de facultades. Asimismo, para tal
efecto, ratifico la dirección domiciliaria por la indicada en el exordio de la
presente demanda.
SEGUNDO OTROSI DIGO. - Se tenga en cuenta, que no se adjunta certificado de habilitación
profesional en función al literal f, artículo 5° del Decreto Legislativo N°
1246, en el cual se establece la prohibición a las instituciones de la
administración pública, de exigir certificados o constancias de habilitación
profesional o similares expedidos por los Colegios Profesionales, cuando dicha
calidad pueda ser verificadas a través del respectivo portal institucional.
POR
LO EXPUESTO:
A usted, señor Juez pido
admitir la presente Demanda y tramitarla con arreglo a Ley, declarando
EXTINGUIDA LA PENSIÓN DE ALIMENTOS en su oportunidad.
(…), (…) de (…) del (…).
excelentes aportes, bastante practicos acorde a la realidad, los felicito y gracias por compartir conocimiento
ResponderBorrarUn inmenso Gracias.
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