lunes, 30 de diciembre de 2019

ESCRITO PLANTEANDO EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA POR RAZÓN DE MATERIA

Exp. N°
Sec. Dr (a).
Esc. N° 01
Cuaderno: De Excepción
PLANTEA EXCEPCIÓN DE INCOMPETENCIA POR RAZÓN DE  LA MATERIA

SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE TRUJILLO
Cristiano Ronaldo Dos Santos Aveiro, con DNI N° 77777777, con domicilio real en Calle Real Madrid y señalando domicilio procesal en Jirón Barcelona de esta ciudad; a usted digo:
Que, dentro del plazo de legal, y en aplicación de los artículos 35° y 446° - inciso 1) – del Código Procesal Civil, planteo excepción de incompetencia a efectos de que se declare la nulidad de lo actuado y se ordene la remisión de los actuados al órgano jurisdiccional que corresponda, en atención a las consideraciones de hecho y de derecho siguientes:
  1. Que, de acuerdo al artículo 35° del Código Procesal Civil, la incompetencia por razón de la materia es susceptible de ser invocada como excepción.
  2. Que, según se colige del artículo … de (del) …. (señalar el código o ley de que se trata), los procesos que tratan acerca de ……., como el presente, deben ser conocidos por los juzgados de familia (o juzgados comerciales u otro órganos jurisdiccionales, según la materia ante la que se esté).
  3. Que, por ende, el … juzgado civil de Trujillo carece de competencia para conocer el presente proceso ….
  4. Que, atendiendo a los hechos expuestos, se ha planteado la presente excepción de incompetencia por razón de la materia con la finalidad de que se declare la nulidad de lo actuado y se ordene la remisión del expediente al órgano jurisdiccional correspondiente, el cual es el siguiente …………; ello conforme a lo normado en los artículos 36° y 451° - inciso 6) – del Código Procesal Civil.


ANEXO:
1 – A: Copia de DNI
PRIMER OTROSI DIGO: Que, no adjunto ningún medio de prueba porque la presente excepción de incompetencia por razón de la materia se funda en el texto de la ley (señale la norma de la que se trate), y, según se desprende del inciso 4) del artículo 190° del Código Procesal Civil, no es materia de probanza el derecho nacional.

POR LO TANTO:
Al juzgado, pido se sirva tener por planteada esta excepción de incompetencia por razón de la materia y, en su oportunidad, declarar fundada, conforme a mi derecho y conforme a ley.

Trujillo, 30 de noviembre de 2019.




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