Exp.
N°
Sec.
Dr.
Esc.
N° 01
DEMANDA
SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN FAMILIA DE
ESTA CIUDAD
Lionel
Messi Maradona,
con DNI N° 10101010, con domicilio real en Calle Barcelona N° 25, Distrito y
Provincia de Trujillo y Departamento de La Libertad, con domicilio procesal en
Calle Mi Abogado es el mejor del mundo N° 01 de esta ciudad y señalando Casilla
Electrónica N° 777777; a usted digo:
I.- DIRECCIÓN DOMICILIAR DE LA DEMANDADA:
Antonella Rocuzzo, a quien se le notificara, en el domicilio real, e institucional cito
en Jirón Diego De
Almagro 525 – Centro Histórico.
II.- PETITORIO
Que, invocando interés y legitimidad para obrar interpongo la presente demanda
a fin de que se sirva SUSPENDER la Patria Potestad que ejerce mi esposa,
conjuntamente con el recurrente, respecto a nuestra menor hijo Lionel Messi
Junior, por cuanto se encuentra en tratamiento médico en Centro Especializado,
debido a que es consumidora de sustancias estupefacientes.
III.- FUNDAMENTACIÓN FACTICA:
PRIMERO: Que, conforme se acredita con los
documentos adjuntos, contraje matrimonio civil con el emplazado en la Municipalidad
Provincial de Trujillo, a cuya consecuencia
ha nacido nuestra referido hijo, quien en la actualidad tiene 10 años de edad y
se encuentra estudiando en el Centro Educativo Salesiano San José.
SEGUNDO: Que, Que mi esposa desde el mes de junio
del presente año se encuentra en tratamiento externo en
la Clínica Terapéutica
para drogadictos denominada DIOS AYUDAME cuya mejoría aún no se nota,
debido a que ocultamente sigue
consumiendo estupefacientes y también bebe licor.
TERCERO: La ingesta tanto de la droga como
del alcohol, ha cambiado totalmente el comportamiento de mi esposa, a tal punto
que se ha vuelto agresiva, no solamente conmigo sino también con nuestra hijo,
quien por su corta edad, se encuentra aterrado por el proceder de su madre,
creando en él aún estado de psicosis, que a decir del especialista que la viene
auscultando, va a incidir negativamente en su conducta y que por el bien de él,
es necesario internar a mi consorte.
IV.-
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA:
Fundo esta demanda en los siguientes dispositivos legales:
Código Civil:
- Artículos 418°, en donde se precisa
que los padres tienen el deber y el derecho de custodiar la persona y los
bienes de los hijos.
- Artículo 466° inc. 3, que hace referencia a la
suspensión de la patria potestad cuando se comprueba que el padre o la madre se
hallan en impedimento de ejercerla.
Código de los Niños y Adolescentes:
- Artículo 75°, que hace mención a los
supuestos en lo que se suspenderá la patria potestad.
Código Procesal Civil:
- Artículos 424° y 425°, que trata
sobre los requisitos de admisibilidad y anexos de la demanda.
V.- MEDIOS PROBATORIOS:
- Testimoniales:
a) Declaración de parte de la demandada.
- Documentales:
a) Acta de matrimonio, con la que se demuestra la
celebración de nuestro matrimonio.
b) La partida de nacimiento de mi menor
hijo, con la que acredito que ser el padre y estar facultados para presentar la
presente demanda.
c) Constancia de matrícula de la
referida menor, que demuestra que se encuentra cursando el cuarto grado de
primaria en el centro educativo Salesiano San José.
d) Certificación expedida por la clínica
terapéutica DIOS AYUDAME, que acredita que mi esposa es fármaco - dependiente y
por ello se encuentra en tratamiento.
e) Certificaciones policiales del
presente año, que demuestran que en esas fechas mi esposo ha ocasionado
grotescos escándalos, debido a su estado inecuanime.
f) Certificado expedido por el psicólogo
Cristiano Ronaldo Dos Santos Aveiro, que da cuenta que mi menor hija padece de
un cuadro de psicosis y presenta ciertos desordenes en su actividad
psicomotriz.
VI.- VIA
PROCEDIMENTAL:
Le corresponde el
trámite de PROCESO ÚNICO.
VII.- ANEXOS:
1A.- Copia de mi DNI.
1B.- Acta de matrimonio.
1C.- Acta de nacimiento de mi menor hijo.
1D.- Constancia de estudios emitida por la I.E. Salesiano San José.
1E.-Certificado expedido por la clínica terapéutica DIOS AYUDAME.
1F.- Certificaciones policiales.
1G.- Certificado expedido por el psicólogo Cristiano Ronaldo Dos Santos
Aveiro.
1H.- Tasa Judicial por ofrecimiento de pruebas
1I.- Cédulas de notificaciones.
POR LO TANTO:
A Ud. Pido con el debido respeto se sirva dar trámite a la demanda
interpuesta, calificarla positivamente y declararla fundada en su oportunidad,
conforme a ley.
Trujillo, 10 de setiembre del 2018.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario